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Tesorería

La Tesorería Municipal está constituida por la totalidad de los recursos financieros, tanto de las operaciones presupuestarias como extrapresupuestaria, ya sean monetarios, valores o créditos.

Entre las competencias que tiene atribuidas destacan: 

  • Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
  • Distribuir en el tiempo las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones.
  • Responder de los avales contraídos. 
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente numeradas. 
  • Gestión presupuestaria y política financiera a través del reconocimiento de ingresos y control de gasto. 
  • Presupuesto Municipal y General.
  • Control del gasto y saneamiento de los recursos.
  • Habilitaciones de créditos.
  • Cuentas anuales.
  • Operaciones de financiación.
  • Liquidación del Presupuesto.

A partir del 15 de enero de 2015, por disposición legal (Ley 25/2013 de 27 de diciembre) todos los proveedores de este Ayuntamiento PODRÁN expedir y remitir factura electrónica, a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACE. 

En todo caso, estarán OBLIGADAS al uso de la factura electrónica las entidades siguientes:

  • Sociedades anónimas.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

Les informamos que el código DIR3 correspondiente a este Ayuntamiento y que deberá ir recogido obligatoriamente dentro de la factura que se remite es:

    • Oficina contable: L01280513 Contabilidad.
    • Órgano gestor: L01280513 Ayuntamiento de Chapinería.
    • Unidad tramitadora: L01280513 Facturación.

Igualmente, les recordamos que según el artículo 3 de la ley anteriormente mencionada, el proveedor que haya expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados a este Ayuntamiento, tendrá la obligación de presentarla ante un registro administrativo en el PLAZO de 30 días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.